Recargos dominicales y festivos al 90 %: cómo evitar errores en la nómina desde julio de 2026

Por: BTW SAS

Desde julio de 2026 entró en plena vigencia uno de los cambios más importantes de la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025): el recargo por trabajar en domingos y días festivos pasó del 80 % al 90 % sobre la hora ordinaria, como parte de un ajuste gradual que culminará en el 100 % a partir de julio de 2027.

Para las empresas con operación en fines de semana o festivos —comercio, salud, vigilancia, restaurantes, call centers, entre otros— esto significa un ajuste directo en el costo de la nómina y, sobre todo, en la forma en que ese costo debe quedar reflejado y transmitido a la DIAN a través de la nómina electrónica.

¿Qué cambió exactamente?

El aumento del recargo dominical y festivo se ha implementado por fases desde 2025:

  • Hasta junio de 2025: 75 %
  • Julio de 2025 – junio de 2026: 80 %
  • Julio de 2026 – junio de 2027: 90 %
  • A partir de julio de 2027: 100 %

Este recargo aplica sobre las horas ordinarias trabajadas en domingo o festivo. Si además esas horas caen dentro de la jornada nocturna (que desde diciembre de 2025 inicia a las 7:00 p.m. y no a las 9:00 p.m. como antes), el recargo nocturno del 35 % se suma al dominical/festivo, llegando a un 125 % adicional sobre la hora ordinaria en ese cruce específico.

Es un cálculo que ya no se puede resolver con una fórmula fija en una hoja de Excel: depende del horario pactado, del sector, de si el trabajador tiene un esquema de turnos rotativos y de si la empresa se acogió de forma anticipada al recargo del 100 %, algo que la ley permite mientras no vaya en detrimento del trabajador.

Dónde suelen aparecer los errores

En la práctica, los errores más frecuentes que vemos en empresas que liquidan su nómina de forma manual o con sistemas desactualizados son:

  • Aplicar el recargo dominical/festivo antiguo (80 %) en lugar del vigente (90 %), por no haber actualizado la plantilla de liquidación.
  • No identificar correctamente el cruce entre recargo nocturno y recargo dominical/festivo, subliquidando esas horas.
  • Transmitir a la DIAN una nómina electrónica con valores que no corresponden a lo realmente pagado al trabajador, generando inconsistencias que pueden derivar en requerimientos o sanciones.
  • Perder trazabilidad cuando hay turnos rotativos y varios empleados con horarios distintos en la misma semana.

Ninguno de estos errores es menor: además del riesgo normativo, afectan directamente la relación de confianza con el equipo, que empieza a notar diferencias en su pago.

Por qué esto no se resuelve solo “actualizando una fórmula”

El reto no es solo saber que el porcentaje cambió, sino que el sistema que liquida y transmite la nómina tenga esa regla ya parametrizada, aplicada de forma automática a cada trabajador según su jornada real, y lista para transmitirse a la DIAN sin necesidad de ajustes manuales cada vez que hay un cambio normativo.

Este es exactamente el punto en el que BTW acompaña a las empresas colombianas:

  • Nómina BTW Pro liquida automáticamente los recargos nocturnos, dominicales y festivos según los porcentajes vigentes, sin que el equipo de Gestión Humana tenga que recalcular manualmente cada actualización de ley.
  • A través de BTW ERP, esa nómina se transmite electrónicamente a la DIAN en tiempo real, con la trazabilidad y el respaldo que exige la normativa vigente.

Así, cuando la ley avance a la siguiente fase (100 % en julio de 2027), tu empresa no tiene que rehacer procesos ni exponerse a errores de última hora: el sistema ya está preparado para el cambio.

En resumen

El aumento al 90 % en los recargos dominicales y festivos ya está vigente. Si tu empresa opera fines de semana o festivos, es el momento de revisar cómo se está liquidando y transmitiendo esa nómina, antes de que un error se convierta en un dolor de cabeza normativo o en una inconsistencia frente a la DIAN.¿Quieres verificar si tu proceso actual de nómina ya está aplicando correctamente estos porcentajes? Escríbenos por WhatsApp y te ayudamos a revisarlo.