Resolución 000948 de 2026: El nuevo marco regulatorio para RIPS y Factura Electrónica en Salud

El sector salud en Colombia continúa avanzando en sus procesos de transformación digital y fortalecimiento fiscal. El Ministerio de Salud y Protección Social ha expedido la Resolución 000948 del 14 de mayo de 2026, una normativa que redefine los lineamientos para la generación, validación y reporte del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como soporte técnico y legal de la Factura Electrónica de Venta (FEV).

Con la entrada en vigor de esta resolución fueron derogadas las resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024.

El objetivo principal de esta actualización es simplificar y optimizar el mecanismo único de validación, corrigiendo dificultades operativas identificadas en versiones anteriores y centralizando los lineamientos técnicos en documentos.

Validación Única Obligatoria

De acuerdo con el artículo 3 de la resolución, ningún pagador podrá recibir, procesar o reconocer facturas que no cuenten con el respectivo CUV. Asimismo, dichos costos no podrán ser reportados con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) si incumplen esta condición.

Adicionalmente, la resolución incorpora el Código Único de Contrato (CUCON), un identificador alfanumérico protegido mediante el algoritmo criptográfico SHA-256, diseñado para garantizar la trazabilidad y seguridad de la información contractual entre prestadores y pagadores.

¿A quién aplica esta resolución?

El cumplimiento de los nuevos lineamientos técnicos bajo estructuras JSON para RIPS y XML para Factura Electrónica de Venta será obligatorio para:

  1. Prestadores de Servicios de Salud (PSS): IPS, profesionales independientes y empresas de transporte asistencial.
  2. Proveedores de Tecnologías en Salud (PTS).
  3. Entidades Responsables de Pago (ERP): EPS, Entidades Adaptadas, Entidades Territoriales, ARL y administradores de regímenes especiales o de excepción.
  4. Otros pagadores y administradores: Compañías de seguros SOAT, planes voluntarios de salud y la ADRES.
  5. Fabricantes e Importadores: Aquellos que realicen ventas masivas de medicamentos o insumos a EPS también entran al Mecanismo Único de Validación a través de módulos especializados, una de las grandes novedades del SIIFA.

Entidades excluidas: Durante la implementación de esta resolución, algunas entidades quedan excluidas debido a que sus servicios no son financiados con recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Entre ellas se encuentran:

  • Centros de cirugías estéticas.
  • Centros de investigación.
  • Centros de reconocimiento de conductores.
  • Atenciones de medicina alternativa.

Calendario implementación gradual: Fechas

  • A partir del 1 de junio de 2026: Las reglas de validación en el ecosistema informático del Ministerio pasarán de la fase de simple «notificación» a la fase de «rechazo» automático si presentan inconsistencias.
  • A partir del 1 de julio de 2026: Entrará en vigor la exigibilidad total de los ajustes de software de carácter estructural.

El Compromiso de BTW

Conscientes del impacto operativo y técnico que representan estos cambios regulatorios, nuestro equipo técnico ya se encuentra implementando las actualizaciones exigidas por MINSALUD en nuestros servicios de Facturación Electrónica y RIPS.

Próximamente estaremos compartiendo información detallada sobre el proceso de adopción, con el objetivo de garantizar la continuidad operativa de su organización. Para más información o asesoría personalizada sobre cómo habilitar estas actualizaciones en sus terminales o contratar el servicio si aún no cuenta con el no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo de soporte certificado al +57 317 3500898